18 sept 2025

Diferencias entre e.firma y firma autógrafa digital: ¿cuál elegir?
En México, la transformación digital ha impulsado el uso de distintos tipos de firmas electrónicas para validar documentos con la misma certeza que en el papel. Dos de las más comunes son la e.firma (antes FIEL) y la firma autógrafa digital, y aunque suelen confundirse, existen diferencias clave que conviene conocer.
¿Qué es la e.firma?
La e.firma es un mecanismo de autenticación emitido directamente por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Consiste en un certificado digital único para cada persona física o moral, que se resguarda en archivos (.cer, .key) protegidos por una contraseña.
Su principal valor es que está respaldada por la autoridad fiscal y, conforme a la Ley de Firma Electrónica Avanzada (LFEA), tiene la misma validez jurídica que una firma autógrafa en papel. Se utiliza principalmente en trámites fiscales, declaraciones y procedimientos ante el gobierno, aunque también puede aplicarse en contratos privados. Lo más importante de este tipo de firma es el no repudio, ya que al firmar con este mecanismo, no se puede negar la validez de la firma realizada.
¿Qué es una firma autógrafa digital?
La firma autógrafa digital es la representación electrónica de la rúbrica que tradicionalmente hacemos con pluma. Con DIGID podrás utilizar el proceso de firma autógrafa para plasmar tu firma en cualquier documento
Cuando esta firma se integra en un sistema que cumple con la NOM-151 (norma mexicana que regula la conservación de mensajes de datos), adquiere valor probatorio en caso de controversia, pues se garantiza que el documento no ha sido alterado desde el momento de la firma. Además, se pueden añadir capas de seguridad como documentación de los firmantes, geolocalización y validación biométrica
Diferencias principales
Emisor: la e.firma proviene del SAT; la autógrafa digital la genera el propio firmante en un sistema especializado.
Uso: la e.firma es mucho más sencilla, simplemente se utiliza el .cer, el .key y la contraseña, la firma autógrafa digital conlleva un proceso para poder validar la identidad de los firmantes.
Validez: ambas son reconocidas por la LFEA siempre que cumplan con los requisitos de autenticidad, integridad y no repudio.
Flexibilidad: la firma autógrafa digital ofrece más dinamismo para empresas que buscan procesos 100% en línea con clientes, proveedores o empleados.
Conclusión
Ambas firmas son totalmente validas siempre y cuando se cumpla con un proceso que responda a la Ley de la Firma electrónica avanzada y la NOM-151, ambas se pueden usar para firmar cualquier tipo de contrato, avalúo, póliza de seguros, o cualquier documento siempre y cuando sea de carácter privado. Ambas son muy benéficas en cuanto a optimización de procesos y cierre de acuerdos, ya depende que se apegue más a la operación y al uso de cada empresa en particular.
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